El 15 de Febrero del 2023 el congreso publicó una ley donde señala: “los arrendadores de inmuebles, cualquiera fuere su naturaleza y objeto, deben exigir la presentación de un documento que acredite la situación migratoria regular del extranjero con quien suscriba contrato de arrendamiento y de los otros extranjeros que habiten y formen parte del grupo arrendador en el mismo inmueble”
Eso quiere decir que al alquiler un inmueble a un extranjero, así sea por algunos días, se deberá registrar algún documento de identificación, además de reportar dicho ingreso a la Superintendencia Nacional de Migraciones.
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